Cuarentena total obligatoria hasta el 31 de marzo
A través de una carta, el presidente Alberto Fernández señaló que no estará permitido circular, solo para ir al supermercado, farmacias, ferreterías, veterinarias o cajero automático. Quien no pueda justificar por qué está en la calle será sancionado.
Mirá el Decreto: DNUI CUARENTENA 19 MARZ0
Quedan exentos:
1. Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
2. Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial,municipal y de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.
3. Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
4. Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.
5. Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.
6. Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
7. Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.
8. Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
9. Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
10. Personal afectado a obra pública.
11. Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
12. Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
13. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
14. Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
15. Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
16. Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
17. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
18. Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
19. Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
20. Servicios de lavandería.
21. Servicios postales y de distribución de paquetería.
22. Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
23. Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles
líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
24. S.E. Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.
A continuación la carta de Alberto Fernández:
“He decidido:
Restringir la circulación. Cada uno y cada una se quedará en su propia casa. Nadie
tiene que entrar en pánico. Necesitamos serenidad. Pero todos deben asumir la
responsabilidad de cumplir con la obligación de aislarse. Todos podrán proveerse
en los comercios de cercanía de la alimentación, de los medicamentos y de los
artículos de higiene y limpieza. Quienes concurran a esos establecimientos deben
recordar guardar las distancias mínimas.
He decidido adelantar el feriado del 2 de abril, un día tan importante para nuestro
país, al 31 de marzo. Ese día culminará un aislamiento temporario que comenzará
a las 12 de la noche de hoy.
La circulación estará restringida tanto en las rutas nacionales como dentro de las
ciudades de todo el país. Sólo se permitirán traslados por cuestiones excepcionales, además de toda la circulación que continuará para garantizar la producción imprescindible, el abastecimiento, los servicios de salud y todos los servicios esenciales. Se mantendrá el transporte público de pasajeros sólo para uso de quienes están exceptuados de cumplir el aislamiento. Se mantendrá el sistema de cajeros electrónicos y el traslado de caudales.
Desalentaremos que la gente se suba a automóviles y circule por la vía pública. Se
harán verificaciones y constataciones sobre los motivos por los que cualquier
persona o automóvil está transitando. Quien no pueda justificarlo será sancionado.
La evolución de la situación será evaluada por expertos, sociedades científicas y
el gobierno de modo constante. Nos manejamos con la sabiduría de ese dicho
popular que dice: “más vale prevenir que curar””